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Declaración confusa y ambigua / Por Rafael COMINO DELGADO

<<LECCIONES MAGISTRALES>> Por RAFAEL COMINO DELGADO -Catedrático de la Universidad de Cádiz-

El flamante ministro de Cultura y Deporte, don José Manuel Rodríguez Uribes, nada más ser nombrado, dijo que, “no es aficionado a los toros pero que merecen respeto”. ¿Quién merece respeto los toros o la Fiesta de los Toros?

No me ha quedado claro tal como lo ha expresado; quiero pensar que ambos. Y sin pausa  continuó: “La legalidad vigente reconoce a las corridas de toros en el ámbito del patrimonio cultural. Pero también hay que hacer una reflexión de civilización en relación con los derechos de los animales”. La frase nos parece confusa y ambigua, tal vez   intencionadamente, lo cual me da mala espina, pues ya sabemos que la ambigüedad equivale a falsedad, hipocresía y cobardía. Eso de “reflexión de civilización”, ¿qué quiere decir exactamente? Una reflexión todos sabemos lo que es, pero cuando hablamos de civilización las cosas no están tan claras. Doy por hecho que el Sr. ministro es progre -de lo contrario no estaría en el gobierno- y el concepto de civilización de los progres creo que es distinto al mío.

Cuando yo hablo de civilización me refiero a verdaderos avances no solo materiales sino, sobre todo, también espirituales, pues pensamos que progreso solo material no es tal progreso, ni es civilización real.

Alguien dijo que, “la civilización es la hipocresía admitida, reconocida y aceptada”. Pues para mí eso no es civilización; no sé si lo es para el ministro, tal vez sí. Yo pienso que una persona civilizada es aquella que ha desterrado de su mente y de su corazón la injusticia, la violencia y la mentira. Solo así se puede llevar una vida intelectual y moralmente satisfactoria.

Con respecto a la última parte de la frase, “derechos de los animales” hemos de detenernos y aclarar conceptos.

 ¡Sr. ministro!, según el Derecho o normas que rigen una sociedad, o una nación, “un derecho es un interés, o potestad, jurídicamente protegido”, de acuerdo a la definición dada por Rudolf von IHERING -gran jurista y filósofo del Derecho– alemán del siglo XIX, que “permite determinadas acciones a quien lo posee, y lo defiende de la acción de otros”, en palabras del filósofo español don José Antonio MARINA.  Además de ese Derecho elaborado por el hombre, existe el Derecho Natural o Ley Natural, que no es otra cosa que “la luz de la inteligencia puesta en nosotros por Dios (o por la Naturaleza para los no creyentes), y por ella conocemos lo que se debe hacer y lo que se debe evitar; desde luego se debe hacer el bien y evitar el mal» (Tomás de Aquino).

Y la pregunta es inmediata: ¿Quién pude tener derechos? Pues según Brenda  ALMOND (1995), profesora de Moral y Filosofía Social en la Universidad de Hull (Inglaterra), si se entiende un “derecho” como una potestad a ejercer o no por decisión propia, solo pueden tener derechos los seres capaces de elegir, de razonar. Si, porque todo derecho conlleva un deber, y a quien no tenga razón (capacidad de razonar) no le podemos exigir un deber. Desde el punto de vista ético y jurídico todo derecho tiene un depositario responsable, alguien que puede adquirir derechos porque puede, a la vez, adquirir obligaciones, y esto es algo que los animales no pueden. En todas las leyes europeas al hablar de Derechos Humanos se deja claro que cada derecho está acompañado de un deber. Por ejemplo, se tiene derecho a un sueldo, pero se tiene el deber de trabajar; se tiene el derecho a pasear por un jardín público, pero se tiene el deber de no cortar flores ni ensuciarlo.

-Por tanto, no puede tener derechos quien no puede comprender el concepto de derecho y deber y de decidir razonadamente, no solo por instinto. No es posible decirle al zorro, “tú tienes derecho a que yo no te mate, pero tienes el deber de no comerte mis gallinas”, porque no se enterará de nada.

El filósofo, jurista y jesuita de la Universidad de Munich, Norbert Brieskorn (1944-) dice lo siguiente al respecto:

 a) ¿Se debe conceder derechos a seres que no pueden hacer uso de ellos?

b) ¿Qué ganamos con conceder unos derechos que ya están implícitos en la Ética humana (Derecho natural)? Es decir, son considerados deberes del humano.

 c) ¿De concederles derechos, deberían ser iguales a los humanos o no? 

d) ¿En caso de conflicto qué derecho prevalecería el del humano o el del animal? 

e) ¿En qué consistirá la legitimidad de aquellos que implementarán derechos de los animales en su nombre.

Por todo lo expuesto, es evidente que los animales irracionales, no pueden tener derechos, porque no cumplen las exigencias antes expuestas para tenerlos.

Claro que algunos humanos, teóricamente razonables, pero solo teóricamente, pueden concedérselos, pero ellos no se enterarán. Pueden darle, a un perro, el derecho a celebrar su cumpleaños, o su boda, pero él no sabe eso lo que es ni puede elegir. Tratar de conceder derechos a los animales es una aberración jurídica (Aberratio iuris).

Ahora bien, los humanos si tenemos Deberes para con los animales, y eso tanto en el Derecho elaborado por los humanos como en el Derecho natural o ley natural, y entre esos deberes está el de tratarles bien y respetarles a cada uno tal como es, pero siempre muy distinto al humano.

Aquí está el problema para los animalistas, en que confunden derecho con deber, y son dos cosas muy diferentes. Es más, yo diría que solo desean hablar de los derechos pues hablar de deberes les produce alergia.

No obstante el 23 de septiembre de 1977 se adoptó, por la Liga  Internacional de los Derechos del Animal y otras Ligas asociadas, una Declaración, que fue proclamada por dichas Ligas el 15 de octubre de 1978, pero nunca fue votada. Fue leída, pero no votada, en la ONU, por tanto, no puede decirse que haya sido aprobada por ONU y UNESCO, aunque ellos así lo dicen y propagan. Pero insistimos, aunque hubiera sido votada en la ONU, en la UNESCO, en el Parlamento Europeo y en todas los instituciones nacionales e internacionales del mundo los animales irracionales no pueden tener derechos. Decir que los irracionales tienen derechos es como decir que el Sol gira alrededor de la Tierra, o que los burros vuelan, pues continuará siendo que no.

En resumen, los animales irracionales están en el mundo para que el ser humano los utilice según convenga, pero nosotros tenemos hacia ellos deberes. Así está expuesto en el Génesis, o si quieren en la Ley Natural.

El primer deber que tenemos para con los irracionales es el de respetarles y tratarles bien, no hacerles sufrir inútilmente o para disfrutar con ese sufrimiento (quede claro que en la corrida el aficionado no se emociona con el estrés del toro sino con su bravura y el arte del torero), siempre diferenciando el sufrimiento de un humano y de un ser irracional, porque no pueden ser iguales. También el de alimentarles si están a nuestro cargo, como por ejemplo un caballo para trabajar, un perro policía, un cobaya para experimentación, etc.

De hecho, en España estos temas están recogidos en el Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, que establece unas normas básicas para la protección de los animales utilizados en experimentación, fines científicos y docentes. Así mismo, el artículo 33 del Código penal de 1995, modificado por la LO 1/2015, introduce nuevas penas de inhabilitación para la tenencia de animales y el ejercicio de profesiones relacionadas con animales.

Pero si aceptáramos, que no aceptamos, derechos de los animales irracionales, el primero de un perro sería no ser obligado a vivir en un piso como si fuera humano, y a no ser castrado, como hacen los animalistas.

En conclusión, estamos totalmente de acuerdo con el profesor don Fernando Savater, catedrático de Ética, cuando dice que, “el animalismo-que quizás profese el Sr. ministro- de pronto, se ha convertido en una agresión a las costumbres y a los propios animales, y que es una chaladura” (El País, 6 de octubre de 2019). Nosotros añadimos, “y para algunos un negocio multimillonario”.

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